Proponen tipificar el ecocidio como delito para sancionar daños graves al medio ambiente
Especialistas reunidos en el Seminario Permanente Derecho del Cambio Climático y Gobernanza de la UNAM señalaron la necesidad de que el ecocidio sea reconocido como una conducta delictiva tanto en las legislaciones nacionales como en el ámbito internacional, debido a los graves daños que puede ocasionar al medio ambiente y a la población. Durante el encuentro, la integrante del Instituto Nacional de Ciencias Penales, Guadalupe Asunción Valdés Osorio, explicó que las afectaciones ambientales de gran escala, como la contaminación por petróleo, requieren la intervención del derecho penal para que estas conductas sean investigadas y sancionadas de manera proporcional a la magnitud de los daños causados. La especialista destacó que durante mucho tiempo se consideró suficiente la protección ambiental mediante mecanismos administrativos; sin embargo, afirmó que esta vía ha resultado insuficiente frente a los impactos que pueden sufrir recursos esenciales como el agua, el aire y los ecosistemas. De acuerdo con la académica, el ecocidio provoca daños graves a la calidad del aire, el suelo y el agua, además de afectar animales, plantas y funciones ecológicas fundamentales. También puede ocasionar enfermedades permanentes, muertes en la población e incluso impedir el acceso y disfrute de tierras, territorios y recursos naturales. Valdés Osorio indicó que, en la mayoría de los casos, los responsables de estas conductas no son individuos, sino empresas o personas jurídicas cuyas actividades generan afectaciones ambientales de gran alcance. Asimismo, señaló que el ecocidio puede estar relacionado con otros problemas sociales, como el desplazamiento forzado de comunidades y las agresiones contra personas defensoras del medio ambiente. Por ello, consideró necesario fortalecer los mecanismos internacionales para investigar estos hechos y avanzar hacia criterios jurídicos homologados que permitan sancionarlos en cualquier parte del mundo. La experta recordó que actualmente la única referencia al daño ambiental dentro del sistema de justicia internacional se encuentra en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. En el caso de México, explicó, el ecocidio aún no está contemplado como delito en el Código Penal Federal ni en diversas legislaciones estatales. Finalmente, subrayó la importancia de construir un marco jurídico que permita proteger de manera efectiva los ecosistemas y garantizar la defensa de bienes fundamentales para la vida, como el agua, el aire y la biodiversidad.
FUENTE: GACETA UNAM
